El divorcio notarial es una opción que muchas parejas desconocen o sobre la que tienen información incorrecta. La imagen del divorcio como un proceso que pasa necesariamente por los juzgados sigue siendo dominante, cuando en realidad existe desde 2015 en España la posibilidad de formalizar un divorcio ante notario, con un procedimiento más rápido y habitualmente menos traumático que la vía judicial.
Pero el divorcio ante notario no es para todos los casos. Tiene requisitos concretos que deben cumplirse para que sea viable, y existen situaciones en que la vía notarial no está disponible y el proceso debe tramitarse necesariamente ante el juzgado. Conocer de antemano en qué supuesto se encuentra cada pareja permite elegir la vía más adecuada sin perder tiempo ni generar expectativas incorrectas.
Aquí te explicamos cuándo es posible el divorcio ante notario, qué requisitos hay que cumplir y en qué casos no está disponible esta opción.
¿Qué es el divorcio notarial y desde cuándo existe en España?
La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria introdujo en España la posibilidad de tramitar el divorcio y la separación de mutuo acuerdo ante notario. Antes de esa reforma, la única vía para disolver el matrimonio era la judicial, aunque la Iglesia tenía sus propios procedimientos para la nulidad matrimonial.
El divorcio notarial funciona mediante la presentación de un convenio regulador firmado por ambos cónyuges y asistido por un abogado —cada parte puede tener el suyo propio o compartir un abogado de mutuo acuerdo— ante un notario. El notario verifica que el convenio es conforme a la legalidad, que ambas partes prestan un consentimiento libre e informado y que no hay elementos que exijan la intervención judicial.
La tramitación puede ser notablemente más rápida que la judicial: en muchos casos, el proceso puede completarse en semanas en lugar de los meses que puede tardar un procedimiento ante los juzgados. También suele ser económicamente más eficiente cuando las partes llegan con un acuerdo ya elaborado.
Requisitos para que el divorcio pueda tramitarse ante notario
- El primer requisito es que el divorcio sea de mutuo acuerdo. Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en divorciarse y en las condiciones del divorcio. Si hay algún aspecto en el que no hay acuerdo —la distribución de bienes, el régimen de custodia de los hijos, la pensión compensatoria—, el divorcio no puede tramitarse ante notario.
- El segundo requisito es que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio. Este requisito se aplica tanto al divorcio notarial como al judicial de mutuo acuerdo.
- El tercer requisito, y el más relevante, es que no haya hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de los cónyuges. Este es el requisito que más frecuentemente excluye a las parejas del divorcio notarial. Cuando hay hijos menores en común, el divorcio de mutuo acuerdo, puede tramitarse con sentencia de conformidad ante el juzgado, pero no ante notario.
Cuándo el divorcio no puede tramitarse ante notario
La exclusión más habitual es la presencia de hijos menores de edad. La ley exige que, cuando hay hijos menores cuya situación va a ser afectada por el divorcio —custodia, régimen de visitas, pensiones—, un juez supervise el convenio regulador y verifique que protege adecuadamente el interés del menor. El notario no tiene esa función supervisora en materia de menores.
También está excluida la vía notarial cuando hay hijos mayores de edad pero con la capacidad modificada judicialmente, situación que requiere la misma supervisión judicial que el caso de los menores.
Cuando el divorcio no es de mutuo acuerdo —divorcio contencioso—, la vía notarial tampoco está disponible. El divorcio contencioso, en el que hay disputas sobre los términos del divorcio, requiere siempre un procedimiento judicial con la posibilidad de que el juez resuelva los puntos en conflicto.
Finalmente, si uno de los cónyuges está incapacitado legalmente de forma que afecte a su capacidad para prestar consentimiento válido, la intervención judicial puede ser también necesaria para garantizar la protección de sus derechos.
El convenio regulador: qué debe incluir para ser válido
El convenio regulador es el documento central del divorcio de mutuo acuerdo, tanto en la vía notarial como en la judicial. Es el acuerdo entre los cónyuges que regula las consecuencias del divorcio: la distribución de los bienes comunes, la vivienda familiar, las pensiones y, cuando los hay, el régimen de custodia y visitas de los hijos.
Para el divorcio notarial, el convenio debe ser completo y no puede contener cláusulas que el notario considere contrarias a la ley o lesivas para alguna de las partes. El notario tiene la obligación de comprobar que ambas partes entienden el contenido del convenio y lo aceptan libremente, y puede rechazar la formalización si hay indicios de que el consentimiento no es libre o de que el convenio es abusivo para una de las partes.
La asistencia de abogado es obligatoria en el divorcio notarial: cada parte debe tener al menos la posibilidad de consultar con un abogado antes de firmar el convenio. El abogado garantiza que los intereses de su cliente están adecuadamente protegidos en el convenio y puede resolver dudas sobre las consecuencias jurídicas de cada cláusula.
Ventajas e inconvenientes de la vía notarial frente a la judicial
La principal ventaja del divorcio notarial es la rapidez: el proceso puede completarse en menos tiempo que la vía judicial, especialmente en juzgados con mucha carga de trabajo. También suele ser percibido como menos confrontacional, ya que no implica la figura del juez y puede facilitar un ambiente más colaborativo.
La vía notarial también tiene flexibilidad de horarios y ubicación: a diferencia de los juzgados, que tienen horarios de apertura limitados y requieren desplazarse a la sede judicial, el notario puede acordar citas en horarios más amplios y en distintas notarías.
El inconveniente principal es que no está disponible cuando hay hijos menores o cuando no hay acuerdo completo. En esos casos, la vía judicial es la única opción disponible, y conviene abordarla con un abogado especializado en derecho de familia como los de RGM Abogados desde el inicio.
Coste del divorcio notarial frente al judicial: una comparativa real
El coste del divorcio notarial incluye los honorarios del notario, los honorarios del abogado o abogados intervinientes y los gastos de registro del convenio. En general, cuando hay acuerdo previo y los términos del convenio están bien definidos, el coste total del divorcio notarial puede ser inferior al de un divorcio judicial de mutuo acuerdo, porque los honorarios del notario suelen ser más competitivos que los de un procedimiento judicial y los plazos son más cortos.
La comparación de costes no debe hacerse solo sobre los honorarios nominales: el coste del tiempo también es relevante. Un divorcio judicial de mutuo acuerdo puede tardar varios meses dependiendo del juzgado, mientras que el notarial puede completarse en semanas. Ese tiempo tiene un coste emocional y en algunos casos económico —incertidumbre sobre la vivienda, sobre las pensiones, sobre la custodia— que el divorcio notarial reduce.
Cuando el proceso se complica y hay desacuerdos parciales, el coste del divorcio judicial puede crecer significativamente si se convierte en contencioso. La mediación familiar previa al proceso legal puede ayudar a resolver los puntos de desacuerdo y hacer viable el divorcio de mutuo acuerdo en casos en que de otra forma habría sido contencioso.
La homologación judicial: qué ocurre cuando el convenio necesita revisión posterior
Una vez firmado el convenio ante notario, el divorcio queda formalizado y produce efectos legales desde ese momento. Sin embargo, si en el futuro cambian las circunstancias que justificaron el convenio —situación económica de los cónyuges, necesidades de los hijos, nuevas situaciones laborales—, es posible modificar las condiciones acordadas.
La modificación de un convenio notarial sigue básicamente las mismas vías que la de un convenio judicial: si hay acuerdo entre las partes, puede formalizarse nuevamente ante notario o ante el juzgado; si no hay acuerdo, requiere un procedimiento judicial de modificación de medidas. Esa posibilidad de revisión da flexibilidad al convenio para adaptarse a los cambios de vida de las partes.
La coordinación con el Registro Civil para la inscripción del divorcio es un trámite que habitualmente gestiona el propio notario, pero conviene verificar que se ha completado correctamente, ya que esa inscripción es la que produce efectos frente a terceros y permite, por ejemplo, volver a contraer matrimonio. Verificar la inscripción unos días después de la firma es una precaución sencilla que evita problemas posteriores.
Valora cuál es la vía más adecuada para tu caso
El divorcio notarial es una opción ágil y eficaz cuando se cumplen los requisitos. Saber si tu situación encaja requiere revisar las circunstancias concretas con un profesional.
Valora cuál es la vía más adecuada para tu caso en el bufete de RGM Abogados.

