Llega junio y, con él, uno de los periodos más esperados del año. Pero si has pasado por un divorcio y tienes hijos, sabes que el verano puede traer tanto alivio como tensión. De hecho, los meses de julio y agosto concentran un número especialmente alto de consultas en despachos de familia relacionadas con las vacaciones, hijos, divorcio: quién se los lleva, cuándo, adónde y qué ocurre cuando el otro progenitor no respeta lo acordado.
No hace falta que sea así. Con una planificación clara y, si el convenio lo permite, algo de comunicación entre las partes, el verano puede funcionar bien para todos, incluidos los menores. El problema surge, casi siempre, cuando el acuerdo no está bien redactado o cuando los compromisos verbales no se ponen por escrito.
Qué dice el convenio regulador sobre las vacaciones de verano
El convenio regulador es el documento que recoge las condiciones pactadas en el divorcio: custodia, pensiones, uso de la vivienda y, entre otros asuntos, el reparto de los periodos vacacionales. En lo que respecta al verano, las cláusulas más habituales establecen una división por quincenas, por meses completos alternos o por semanas alternas a lo largo de los dos meses estivales.
Cada fórmula tiene sus ventajas. Las quincenas permiten que los hijos pasen tiempo prolongado con cada progenitor. Los meses alternos ofrecen mayor estabilidad para planificar viajes largos. Las semanas, en cambio, son más flexibles, pero también más propensas a roces. Lo que marca la diferencia no es tanto el modelo elegido como la concreción con la que está redactado el convenio.
Un convenio bien redactado especifica fechas de inicio y fin, cómo se procede si alguna fecha cae en festivo y qué ocurre si uno de los progenitores no puede hacerse cargo por motivos justificados. Cuando estos detalles están claros, los conflictos se reducen notablemente.
Cuándo el convenio es suficiente y cuándo no lo es
Hay una frase que aparece con frecuencia en convenios mal redactados: «El verano se repartirá por acuerdo de las partes». En teoría suena razonable. En la práctica, es una fuente de problemas. Si las partes pudieran ponerse de acuerdo fácilmente en todo momento, probablemente no habrían necesitado redactar un convenio.
Cuando el texto es ambiguo o incompleto, cualquier desacuerdo sobre las vacaciones se convierte en un asunto sin solución clara. ¿Quién elige primero el turno? ¿Con cuánta antelación hay que comunicar los planes? ¿Qué pasa si hay solapamientos con el calendario escolar? Estas preguntas, sin respuesta en el convenio, acaban en llamadas al abogado o, en el peor caso, ante el juez.
Si tu convenio contiene cláusulas vagas sobre las vacaciones, no esperes a agosto para darte cuenta. Revisar y, si es necesario, modificar esas cláusulas con antelación es la medida más sensata que puedes tomar.
Custodia compartida y custodia exclusiva: diferencias en el verano
El régimen de custodia condiciona directamente cómo se organiza el calendario de custodia en verano. En la custodia compartida, donde los hijos ya alternan entre ambos hogares durante el curso, el verano suele equilibrarse para que el tiempo total con cada progenitor no se desvíe demasiado del reparto habitual. En algunos convenios, el progenitor con menos tiempo durante el año puede compensar parte de ese desfase en verano.
En la custodia exclusiva, el progenitor custodio tiene a los hijos durante el curso y el otro progenitor disfruta de un régimen de visitas de verano más amplio. Es habitual que ese periodo se extienda a quince días, un mes o incluso dos meses si así se ha acordado. Muchos progenitores esperan ese tiempo con impaciencia y, cuando no transcurre bien, el malestar es difícil de gestionar.
Sea cual sea tu situación, lo recomendable es tener el calendario consensuado antes de que empiece junio. Improvisar en julio no suele salir bien para nadie.
Viajes con los hijos en verano: cuándo necesitas permiso del otro progenitor
Los desplazamientos durante el verano generan muchas dudas. La regla general en España es que cualquier viaje al extranjero con menores requiere la autorización del otro progenitor. Si hay custodia compartida, esa autorización es siempre necesaria. Si hay custodia exclusiva y el progenitor custodio viaja durante su turno, puede ser suficiente con notificarlo, aunque lo prudente es contar con el consentimiento documentado.
El consentimiento puede formalizarse mediante una autorización notarial o con un escrito firmado por ambas partes. Viajar sin ese documento puede generar problemas en el control de fronteras, especialmente fuera de la Unión Europea.
Para los viajes dentro de España no se exige autorización formal, pero sí es aconsejable informar al otro progenitor con antelación razonable, sobre todo si los hijos van a estar alejados varios días. La comunicación previa no solo es una cuestión de cortesía: también demuestra buena fe si luego surge algún conflicto.
Qué ocurre si uno de los progenitores no respeta el acuerdo
Desgraciadamente, ocurre. Alguien no devuelve a los hijos en la fecha pactada, cancela el turno sin aviso o simplemente ignora lo que dice el convenio. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, los incumplimientos del régimen de visitas son una de las causas más frecuentes de litigios de ejecución en los juzgados de familia en España.
¿Qué se puede hacer? Lo primero es dejar constancia del incumplimiento de forma fehaciente: un burofax, un correo electrónico claro o mensajes escritos conservados con sello de tiempo son pruebas válidas. Lo que no conviene es reaccionar con medidas unilaterales, como retener a los hijos o impedir una recogida, porque eso puede perjudicarte a ti en un proceso posterior.
Si el incumplimiento es reiterado o grave, cabe solicitar al juzgado la ejecución del convenio. En los casos más serios, puede plantearse incluso una modificación del régimen de custodia o de visitas. Es una vía costosa en tiempo y en energía, pero a veces necesaria para proteger tanto a los menores como los derechos del progenitor afectado.
Cómo resolver discrepancias sin pasar por el juzgado
No todo conflicto de verano tiene que acabar en un procedimiento judicial. La mediación familiar es una alternativa que permite a ambas partes llegar a acuerdos con la ayuda de un profesional neutral. Es un proceso más rápido, menos costoso y, sobre todo, menos dañino para los hijos, que quedan al margen de la confrontación directa entre sus progenitores.
Cuando los desacuerdos son puntuales y no hay una ruptura total de la comunicación, puede ser suficiente con que los abogados de ambas partes negocien un acuerdo extrajudicial. Esto no requiere iniciar ningún procedimiento y puede resolverse en días. En RGM Abogados trabajamos habitualmente con familias en este tipo de situaciones y conocemos bien los puntos de fricción más comunes en el reparto de vacaciones en el divorcio.
Lo que sí conviene evitar es dejar los acuerdos verbales sin confirmar por escrito. Una conversación de buena voluntad en mayo puede olvidarse o interpretarse de forma distinta en julio. Un simple correo de confirmación entre las partes basta para tener un registro.
Errores frecuentes que complican el verano
Hay patrones que se repiten año tras año.
El primero es no poner por escrito los acuerdos verbales del verano.
El segundo es no notificar con suficiente antelación los planes de viaje, lo que genera inseguridad en el otro progenitor.
El tercero es cambiar los turnos sin confirmación escrita, aunque la otra parte parezca estar de acuerdo en ese momento.
El cuarto es no tener en cuenta el calendario escolar al planificar el verano. Si las vacaciones de los hijos empiezan antes o terminan después de lo previsto, los turnos del convenio pueden quedar desfasados. Revisar las fechas del colegio en primavera evita sorpresas en junio.
El quinto y quizá el error más habitual de todos: esperar a que haya un problema para actuar. El calendario de custodia en verano es mucho más fácil de organizar en mayo que en julio, cuando las tensiones ya están disparadas y los plazos para actuar son más cortos.
Por qué conviene actuar antes de que empiece el verano
Si tu convenio tiene cláusulas ambiguas, si tu situación familiar ha cambiado desde que se firmó o si el verano pasado generó conflictos, ahora es el momento de revisarlo. Modificar un convenio regulador requiere un proceso, pero puede tramitarse de mutuo acuerdo con relativa rapidez cuando ambas partes están dispuestas.
Esperar a agosto, cuando los ánimos están caldeados y los juzgados en periodo vacacional, complica innecesariamente las cosas. Prever no es exagerar: es proteger a tus hijos de una situación que no tienen por qué vivir.
En RGM Abogados llevamos años acompañando a familias en Alcalá de Henares y Madrid en todo lo relacionado con el derecho de familia. Sabemos que cada caso es distinto y que detrás de cada consulta sobre los hijos en vacaciones hay personas que solo quieren que sus hijos lo pasen bien y tener un verano tranquilo.
Da el primer paso antes de que llegue el calor
Si tienes dudas sobre tu convenio, sobre el reparto de turnos o sobre cómo actuar ante un incumplimiento, no tienes que gestionarlo solo. Organiza las vacaciones con seguridad legal de la mano de RGM Abogados.

