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Pensión de Alimentos: Abogados en Alcalá de Henares

Cálculo, reclamación, actualización y modificación de la pensión de alimentos de tus hijos. Actuamos también frente al impago. Primera consulta gratuita.

Cómo se fija

Cálculo de la Pensión

Se fija de forma proporcional a los ingresos del obligado y a las necesidades de los hijos, con las tablas orientativas del CGPJ como referencia.

Reclamación

Impago de la Pensión

Reclamamos las cantidades adeudadas por vía de ejecución e, incluso, penal (art. 227 CP) en caso de impago reiterado.

Cambio de circunstancias

Modificación

Solicitamos subir o bajar la pensión cuando cambian los ingresos o las necesidades (art. 775 LEC).

Qué cubre

Qué gastos cubre la pensión de alimentos

La pensión de alimentos es una obligación de ambos progenitores (art. 93 CC) y cubre todo lo indispensable para el sustento de los hijos: alimentación, vivienda, ropa, educación y asistencia médica. Aparte se reparten los gastos extraordinarios (por ejemplo, tratamientos médicos no cubiertos).

  • Gastos ordinarios: comida, ropa, colegio
  • Vivienda y suministros
  • Gastos extraordinarios y de salud
Consulta tu caso
Cálculo de la pensión de alimentos y gastos de los hijos
Abogado revisando la modificación de una pensión de alimentos

Actualización y cambios

Modificar la pensión si cambian tus ingresos

La pensión se actualiza cada año (normalmente con el IPC) y puede modificarse ante un cambio sustancial de circunstancias: pérdida de empleo, enfermedad, aumento o disminución de ingresos, o nuevas necesidades de los hijos. Te ayudamos a solicitarlo o a oponerte con garantías.

  • Actualización anual conforme al IPC
  • Reducción por pérdida de ingresos
  • Aumento por nuevas necesidades del menor
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Preguntas Frecuentes

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

Se calcula de forma proporcional a los ingresos y capacidad económica del progenitor obligado y a las necesidades reales de los hijos. Los juzgados usan como referencia las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial.

¿Hasta cuándo se paga la pensión de alimentos?

Se mantiene mientras el hijo no sea independiente económicamente. No se extingue automáticamente a los 18 años: continúa si el hijo sigue estudiando o buscando empleo de forma activa y sin recursos propios.

¿Qué puedo hacer si el otro progenitor no paga?

Puedes reclamar las cantidades impagadas mediante la ejecución de la sentencia. El impago reiterado puede constituir un delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal).

¿Se puede reducir la pensión si pierdo el trabajo?

Sí. Un cambio sustancial y no buscado de tu situación económica permite solicitar la modificación de la pensión. Es aconsejable pedirlo cuanto antes, ya que no se reduce de forma automática.

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